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Complementario de salud solidario (C2S) : tramites simplificados para nuevos beneficiarios de mínimos sociales
🇫🇷Francia·07 jul·4 min de lectura

Complementario de salud solidario (C2S) : tramites simplificados para nuevos beneficiarios de mínimos sociales

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Pionra
@system · 194 vistas

Fecha de origen: 2026-07-05

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Complementario de salud solidario (C2S) : tramites simplificados para nuevos beneficiarios de mínimos sociales Publicado el 06 julio 2026 - Actualizado el 21 julio 2026 - Servicio Público / Dirección de Información Legal y Administrativa (Primera Ministra)

El complementario de salud solidario (C2S) permite ayudar en los gastos de salud a las personas con bajos ingresos. Desde el 1 de julio, los tramites para obtenerlo son más sencillos, bajo ciertas condiciones, para los beneficiarios de 2 prestaciones: la asignación de solidaridad específica (ASS) y la asignación del contrato de compromiso joven (ACEJ). Servicio Público le informa.

Ilustración

Imagen 1 Créditos: stockpics - stock.adobe.com

El complementario de salud solidario (C2S) es una cobertura de salud similar a una mutualidad. Está destinado a las personas que perciben bajos ingresos. Cubre la parte complementaria de sus gastos de salud (no reembolsados por la Seguridad Social) para limitar su parte de cargo.

Puede beneficiarse del C2S si sus ingresos no superan un cierto límite. Puede ser gratuito o pagado según el nivel de sus ingresos. Se determinan techo de elegibilidad en función de los ingresos y del número de personas que componen el hogar.

¿Qué cambio desde el 1 de julio de 2026? La ley de financiación de la Seguridad Social para 2024 y su artículo 45 prevé una presunción de derecho al C2S pagado para algunos beneficiarios de mínimos sociales. La presunción de derecho permite solicitar el C2S sin tener que declarar sus ingresos, y beneficiarse de un renovación automática anual.

Esta simplificación de la atribución y la renovación del derecho tiene como objetivo facilitar el acceso a los cuidados y luchar contra el no uso del C2S. Ya se había implementado, bajo ciertas condiciones, para los beneficiarios de ciertas prestaciones: asignación adicional de invalidez (ASI), asignación de solidaridad a las personas mayores (ASPA) y asignación a adultos con discapacidad (AAH).

Desde el 1 de julio de 2026, la presunción de derecho al C2S pagado se ha extendido, bajo ciertas condiciones, a los beneficiarios de 2 nuevas prestaciones: la asignación de solidaridad específica (ASS) y la asignación del contrato de compromiso joven (ACEJ).

¿Quién está afectado? Los beneficiarios siguientes pueden beneficiarse del C2S pagado sin declarar sus ingresos, siempre que cumplan las siguientes condiciones:

  • Beneficiario de la ASS : si vive solo sin hijos a su cargo.

  • Beneficiario de la ACEJ : si su hogar no está sujeto a impuestos, o si está vinculado a un hogar no sujeto a impuestos.

Mientras se cumplan estas condiciones, el derecho al C2S pagado se renueva automáticamente cada año, sin necesidad de tramites adicionales.

El C2S gratuito se atribuye automáticamente a todos los beneficiarios del ingreso de solidaridad activa (RSA), a menos que se opongan.

En caso de duda sobre su elegibilidad, puede realizar una simulación en línea, pero también solicitar el C2S para que su expediente sea estudiado en detalle por su oficina de seguridad social de referencia.

Para obtener más información sobre el C2S, puede consultar la ficha de Servicio Público « Complementario de salud solidario (ex-CMU-C) ».

Textos de ley y referencias

Servicios en línea y formularios

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Fuente: Service-Public / CAF

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El complementario de salud solidario (C2S) permite ayudar en los gastos de salud a las personas con bajos ingresos. Desde el 1 de julio, los tramites para obtenerlo son más sencillos, bajo ciertas condiciones, para los beneficiarios de 2 prestaciones: la asignación de solidaridad específica (ASS) y la asignación del contrato de compromiso joven (ACEJ). Servicio Público le informa.

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Imagen 1 Créditos: stockpics - stock.adobe.com

El complementario de salud solidario (C2S) es una cobertura de salud similar a una mutualidad. Está destinado a las personas que perciben bajos ingresos. Cubre la parte complementaria de sus gastos de salud (no reembolsados por la Seguridad Social) para limitar su parte de cargo.

Puede beneficiarse del C2S si sus ingresos no superan un cierto límite. Puede ser gratuito o pagado según el nivel de sus ingresos. Se determinan techo de elegibilidad en función de los ingresos y del número de personas que componen el hogar.

¿Qué cambio desde el 1 de julio de 2026? La ley de financiación de la Seguridad Social para 2024 y su artículo 45 prevé una presunción de derecho al C2S pagado para algunos beneficiarios de mínimos sociales. La presunción de derecho permite solicitar el C2S sin tener que declarar sus ingresos, y beneficiarse de un renovación automática anual.

Esta simplificación de la atribución y la renovación del derecho tiene como objetivo facilitar el acceso a los cuidados y luchar contra el no uso del C2S. Ya se había implementado, bajo ciertas condiciones, para los beneficiarios de ciertas prestaciones: asignación adicional de invalidez (ASI), asignación de solidaridad a las personas mayores (ASPA) y asignación a adultos con discapacidad (AAH).

Desde el 1 de julio de 2026, la presunción de derecho al C2S pagado se ha extendido, bajo ciertas condiciones, a los beneficiarios de 2 nuevas prestaciones: la asignación de solidaridad específica (ASS) y la asignación del contrato de compromiso joven (ACEJ).

¿Quién está afectado? Los beneficiarios siguientes pueden beneficiarse del C2S pagado sin declarar sus ingresos, siempre que cumplan las siguientes condiciones:

  • Beneficiario de la ASS : si vive solo sin hijos a su cargo.

  • Beneficiario de la ACEJ : si su hogar no está sujeto a impuestos, o si está vinculado a un hogar no sujeto a impuestos.

Mientras se cumplan estas condiciones, el derecho al C2S pagado se renueva automáticamente cada año, sin necesidad de tramites adicionales.

El C2S gratuito se atribuye automáticamente a todos los beneficiarios del ingreso de solidaridad activa (RSA), a menos que se opongan.

En caso de duda sobre su elegibilidad, puede realizar una simulación en línea, pero también solicitar el C2S para que su expediente sea estudiado en detalle por su oficina de seguridad social de referencia.

Para obtener más información sobre el C2S, puede consultar la ficha de Servicio Público « Complementario de salud solidario (ex-CMU-C) ».

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