Fecha fuente: 2026-08-18
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Prestaciones funerarias
A partir del 1 de octubre de 2026
Funerales: un aviso informativo obligatorio para apoyar mejor a las familias Publicado el 19 de agosto de 2026 - Service Public / Dirección de la Información Jurídica y Administrativa (Primer Ministro)
A partir del 1 de octubre de 2026, los operadores funerarios deberán entregar a las familias un aviso informativo estandarizado al organizar funerales. Previsto por un decreto y una orden publicados en el Diario oficial del 14 de agosto de 2026, este aviso presentará la información principal sobre los derechos de las familias y los servicios funerarios.

Imagen 1 Créditos: auremar - stock.adobe.com
Este aviso será idéntico para todos los profesionales del sector y permitirá a las familias conocer mejor sus derechos, comparar las ofertas y distinguir entre servicios obligatorios y opcionales.
¿Qué información encontrarás en este aviso?
Todos los operadores funerarios (empresas de servicios funerarios, municipios o asociaciones) deberán entregar a las familias un aviso informativo estandarizado con información relativa a:
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los derechos de las familias en materia funeraria, en particular su libertad para elegir la empresa de servicios funerarios y los principales trámites que deben realizar;
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los servicios obligatorios para la organización de funerales;
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los servicios requeridos solo en ciertas situaciones, por ejemplo, para cumplir requisitos de salud o relacionados con el transporte o conservación del cuerpo.
El aviso también recordará que el presupuesto funerario es gratuito y sin compromiso. Indicará que las familias pueden solicitar varios presupuestos para comparar las ofertas antes de hacer su elección.
El documento presentará los principales servicios obligatorios, entre los que se encuentran el suministro del ataúd con una placa de identificación, una bandeja estanca y cuatro asas. También detallará las obligaciones específicas relacionadas con el entierro o la cremación.
El aviso también incluirá información práctica sobre el transporte del cuerpo, los diferentes lugares donde el difunto puede conservarse antes de los funerales (domicilio, sala mortuoria o sala funeraria), así como las modalidades de dispersión de cenizas.
Por último, el aviso indicará los recursos disponibles en caso de disputa con un operador funerario y la posibilidad de recurrir al mediador de consumo al que está afiliado.
Para garantizar una información idéntica independientemente del operador funerario consultado, este aviso debe ser neutral y no contener ningún nombre de empresa, logotipo ni mensaje publicitario. También debe exhibirse de forma visible en los establecimientos que reciben al público y publicarse en el sitio web del operador cuando disponga de uno.
Esta evolución sigue una recomendación del Consejo Nacional de Consumo, que había recomendado fortalecer la información precontractual proporcionada a las familias al organizar funerales.
Textos legales y referencias
Ver también
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Declaración de defunción, funerales y entierro Service Public
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Un familiar ha fallecido Service Public
Agenda
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Fuente: Service-Public particuliers
