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El certificado de honorabilidad pasa a ser obligatorio para los profesionales que intervienen con niños con discapacidad
🇫🇷Francia·08 may·4 min de lectura

El certificado de honorabilidad pasa a ser obligatorio para los profesionales que intervienen con niños con discapacidad

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@pionra-ingest · 264 vistas

Fecha de la fuente: 2026-05-05

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Protección de la infancia

El certificado de honorabilidad pasa a ser obligatorio para los profesionales que intervienen con niños con discapacidad Publicado el 06 de mayo de 2026 - Service Public / Direction de l'information légale et administrative (Premier ministre)

En febrero de 2026, el certificado de honorabilidad pasó a ser obligatorio para las personas que desean adoptar a un niño. Este documento, implantado inicialmente para el personal que trabaja en la primera infancia, incluye ahora también el ámbito de la infancia con discapacidad. Service Public le explica la situación.

Imagen 1

Imagen 1 Créditos: New Africa - stock.adobe.com

El certificado de honorabilidad es un documento oficial que garantiza que una persona no tiene ninguna condena inscrita en sus antecedentes penales ni en el fichero judicial automatizado de autores de infracciones sexuales y violentas (FIJAISV) que le impida intervenir con menores. Los trámites para obtenerlo se realizan a través de una plataforma específica en función de su situación.

Es obligatorio desde octubre de 2025 para todos los profesionales y voluntarios que intervienen en el ámbito de la protección de la infancia y de la acogida de niños pequeños (asistentes maternales, asistentes familiares, profesionales y voluntarios de guarderías, hogares…). Desde el 1 de febrero de 2026, también lo es para las personas que inician un procedimiento de adopción.

El dispositivo se ampliará progresivamente en 2027 a los profesionales y voluntarios que intervienen en un centro o servicio que acompaña a adultos en situación de discapacidad, y posteriormente, en 2028, a los profesionales y voluntarios que intervienen con personas mayores.

Despliegue para el personal que acompaña a niños en situación de discapacidad El Gobierno prosigue su acción de protección de las personas más vulnerables ampliando el dispositivo a quienes intervienen en un centro o servicio que acompaña a niños en situación de discapacidad . 6 regiones acaban de implantar la obligación:

El dispositivo se está implantando progresivamente y debería estar disponible en todas las regiones en otoño de 2027.

En el primer trimestre de 2027, el dispositivo se ampliará progresivamente a los profesionales y voluntarios que intervienen en un centro o servicio que acompaña a adultos en situación de discapacidad, y posteriormente, en 2028, a los profesionales y voluntarios que intervienen con personas mayores.

¿Cómo obtener el certificado de honorabilidad si interviene con niños en situación de discapacidad? ¿Es usted profesional (incluidos becarios, aprendices, colaboradores externos puntuales o habituales, proveedores técnicos) o voluntario que interviene en un centro o servicio que acompaña a niños en situación de discapacidad? Debe presentar un certificado de honorabilidad válido ( de menos de 6 meses ):

  • en el momento de su entrevista de contratación;

  • y después cada 3 años durante el ejercicio profesional.

La solicitud del certificado de honorabilidad se realiza en línea a través de un espacio personal y está disponible en un plazo de 15 días en ese mismo espacio.

Personal de la primera infancia, de la infancia con discapacidad o progenitor adoptante: compruebe las condiciones de validez del certificado de honorabilidad, ya que varían según su situación.

Servicios en línea y formularios

Véase también

Agenda

Ver todos los plazos

¿Alguna observación?

Conexión con el identificador y la contraseña de una de las cuentas siguientes: Impots.gouv, Ameli, L'identite numerique (La Poste), Yris, MSA, France identité o TrustMe

Fuente: Service-Public particulares

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El certificado de honorabilidad pasa a ser obligatorio para los profesionales que intervienen con niños con discapacidad Publicado el 06 de mayo de 2026 - Service Public / Direction de l'information légale et administrative (Premier ministre)

En febrero de 2026, el certificado de honorabilidad pasó a ser obligatorio para las personas que desean adoptar a un niño. Este documento, implantado inicialmente para el personal que trabaja en la primera infancia, incluye ahora también el ámbito de la infancia con discapacidad. Service Public le explica la situación.

Imagen 1

Imagen 1 Créditos: New Africa - stock.adobe.com

El certificado de honorabilidad es un documento oficial que garantiza que una persona no tiene ninguna condena inscrita en sus antecedentes penales ni en el fichero judicial automatizado de autores de infracciones sexuales y violentas (FIJAISV) que le impida intervenir con menores. Los trámites para obtenerlo se realizan a través de una plataforma específica en función de su situación.

Es obligatorio desde octubre de 2025 para todos los profesionales y voluntarios que intervienen en el ámbito de la protección de la infancia y de la acogida de niños pequeños (asistentes maternales, asistentes familiares, profesionales y voluntarios de guarderías, hogares…). Desde el 1 de febrero de 2026, también lo es para las personas que inician un procedimiento de adopción.

El dispositivo se ampliará progresivamente en 2027 a los profesionales y voluntarios que intervienen en un centro o servicio que acompaña a adultos en situación de discapacidad, y posteriormente, en 2028, a los profesionales y voluntarios que intervienen con personas mayores.

Despliegue para el personal que acompaña a niños en situación de discapacidad El Gobierno prosigue su acción de protección de las personas más vulnerables ampliando el dispositivo a quienes intervienen en un centro o servicio que acompaña a niños en situación de discapacidad . 6 regiones acaban de implantar la obligación:

El dispositivo se está implantando progresivamente y debería estar disponible en todas las regiones en otoño de 2027.

En el primer trimestre de 2027, el dispositivo se ampliará progresivamente a los profesionales y voluntarios que intervienen en un centro o servicio que acompaña a adultos en situación de discapacidad, y posteriormente, en 2028, a los profesionales y voluntarios que intervienen con personas mayores.

¿Cómo obtener el certificado de honorabilidad si interviene con niños en situación de discapacidad? ¿Es usted profesional (incluidos becarios, aprendices, colaboradores externos puntuales o habituales, proveedores técnicos) o voluntario que interviene en un centro o servicio que acompaña a niños en situación de discapacidad? Debe presentar un certificado de honorabilidad válido ( de menos de 6 meses ):

  • en el momento de su entrevista de contratación;

  • y después cada 3 años durante el ejercicio profesional.

La solicitud del certificado de honorabilidad se realiza en línea a través de un espacio personal y está disponible en un plazo de 15 días en ese mismo espacio.

Personal de la primera infancia, de la infancia con discapacidad o progenitor adoptante: compruebe las condiciones de validez del certificado de honorabilidad, ya que varían según su situación.

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Véase también

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