Fecha de la fuente: 2026-06-08
¿Puede un empresario despedir a una trabajadora que no le ha informado de su embarazo? Publicado el 09 de junio de 2026 - Entreprendre Service Public / Dirección de Información Legal y Administrativa (Primer Ministro)
En una sentencia dictada el 3 de junio de 2026, el Tribunal de Casación se pronuncia sobre si es válido el despido de una trabajadora que comunicó su embarazo tardíamente a su empleador.

En este caso, un empresario despidió a una trabajadora por falta grave tras el anuncio de su embarazo. La trabajadora laboraba en el sector químico. Había comunicado su embarazo a su empleador casi cinco meses después de haberlo sabido. El empleador justificó su despido alegando que ella estaba expuesta a productos químicos que podían afectar su salud física o psíquica y la de su feto. Indicó así que, en tales circunstancias, mantener a la trabajadora implicaría su responsabilidad civil y penal.
La trabajadora decidió acudir al Consejo de Prud'hommes para solicitar la nulidad de su despido, que consideraba basado en su embarazo. El Consejo anuló su despido.
Posteriormente, el empleador acudió al tribunal de apelación para impugnar la decisión. El tribunal de apelación indicó que, al no revelar su embarazo a su empleador, la trabajadora se había expuesto voluntariamente a un riesgo. Tenía que manipular productos contraindicados para su estado de embarazo, lo que no le permitía cumplir plenamente con las exigencias de su contrato de trabajo. Según el tribunal de apelación, estos hechos eran, efectivamente, susceptibles de comprometer la responsabilidad civil y penal de su empleador, ya que el desconocimiento del embarazo impedía al empleador adoptar las medidas adecuadas. El tribunal de apelación subrayó que este despido no se basaba, por tanto, en su estado de embarazo, sino en el hecho de haber ocultado dicho estado a su empleador.
La trabajadora llevó el asunto ante el Tribunal de Casación. Este contradice al tribunal de apelación. Recuerda que una mujer no está obligada a revelar su estado de embarazo a su empleador y que cualquier despido pronunciado por este motivo se considera nulo. Tal acto vulneraría el principio de igualdad de derechos entre hombres y mujeres.
Para el Tribunal, el hecho de informar tardíamente al empleador sobre el embarazo no se considera una falta grave, incluso en el caso de que la trabajadora esté expuesta a un riesgo para su salud. Indica en este asunto que el despido es nulo.
Textos legales y referencias
Véase también
Fuente: Service-Public profesionales
