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Dos medicamentos contra la obesidad con reembolso a partir del 15 de junio
🇫🇷Francia·02 jun·5 min de lectura

Dos medicamentos contra la obesidad con reembolso a partir del 15 de junio

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Fecha de la fuente: 2026-05-31

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Dos medicamentos contra la obesidad con reembolso a partir del 15 de junio Publicado el 01 de junio de 2026 - Service Public / Dirección de Información Legal y Administrativa (Primer Ministro)

A partir del 15 de junio, dos medicamentos destinados a reducir la obesidad serán reembolsados por el Seguro Enfermedad (Assurance maladie), dentro de un marco controlado. Esta medida acaba de ser confirmada por varias órdenes publicadas en el Diario Oficial el 28 de mayo de 2026. Responde a las recomendaciones de la Alta Autoridad de Salud (Haute autorité de santé - HAS), mientras que en 2025, el 17,4 % de los adultos sufrían obesidad en Francia. ¿Quién puede beneficiarse de la cobertura? Service Public le informa.

Ilustración

Los 2 tratamientos farmacológicos para la obesidad (TMO) Wegovy y Mounjaro serán cubiertos por el Seguro Enfermedad a partir del 15 de junio de 2026 , bajo ciertas condiciones. Estos tratamientos inyectables, inicialmente desarrollados contra la diabetes, son análogos del GLP-1, una familia de medicamentos que permiten ralentizar la digestión y aumentar la sensación de saciedad.

Estos medicamentos están disponibles en Francia desde 2024 y se dispensan con receta médica a un precio fijado por el laboratorio, sin posibilidad de reembolso por parte del Seguro Enfermedad.

¿Qué pacientes son elegibles para la cobertura? Los pacientes que pueden beneficiarse del reembolso de estos tratamientos son aquellos elegibles para cirugía bariátrica (cirugía destinada a lograr una importante pérdida de peso mediante modificaciones del tracto digestivo). Están afectados:

  • las personas con un índice de masa corporal (IMC) igual o superior a 40 (obesidad mórbida) sin comorbilidad: titleContent ;

  • las personas con un IMC igual o superior a 35 (obesidad grave) con comorbilidad.

Este tipo de tratamiento solo puede prescribirse como segunda opción, en caso de fracaso de una gestión nutricional (es decir, una pérdida de peso del 5 % del peso total después de 6 meses). Debe complementar una dieta hipocalórica y un aumento de la actividad física .

¿Quién debe prescribir este tipo de medicamento para que sea reembolsable? La prescripción inicial del medicamento está reservada a los profesionales y estructuras implicadas en la gestión de la obesidad de niveles de derivación 2 y 3: médicos que ejercen en centros especializados en obesidad (CSO); en hospitales universitarios (CHU); en establecimientos de cuidados médicos y rehabilitación (SMR) de gastroenterología, endocrinología, diabeteología, nutrición; endocrinólogos vinculados a un CSO.

¿Qué cobertura financiera?

La tasa de participación del asegurado se fija en el 35 %, es decir, una cobertura del 65 % por parte del Seguro Enfermedad . La posibilidad de cobertura integral deberá verificarse caso por caso, según el estatus del asegurado, una posible enfermedad de larga duración (ALD), las exenciones aplicables y la posesión de un seguro complementario.

Los 2 medicamentos siguen pudiendo ser prescritos por un médico de cabecera o un especialista sin cobertura por parte del Seguro Enfermedad. La prescripción debe respetar el marco de pacientes elegibles definido por la Autoridad Nacional de Seguridad del Medicamento (ANSM): IMC superior o igual a 27 asociado a una comorbilidad relacionada con el peso; o IMC superior o igual a 30, como complemento de modificaciones terapéuticas del estilo de vida.

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Agenda

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Asociación de 2 enfermedades

Fuente: Service-Public particulares

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A partir del 15 de junio, dos medicamentos destinados a reducir la obesidad serán reembolsados por el Seguro Enfermedad (Assurance maladie), dentro de un marco controlado. Esta medida acaba de ser confirmada por varias órdenes publicadas en el Diario Oficial el 28 de mayo de 2026. Responde a las recomendaciones de la Alta Autoridad de Salud (Haute autorité de santé - HAS), mientras que en 2025, el 17,4 % de los adultos sufrían obesidad en Francia. ¿Quién puede beneficiarse de la cobertura? Service Public le informa.

Ilustración

Los 2 tratamientos farmacológicos para la obesidad (TMO) Wegovy y Mounjaro serán cubiertos por el Seguro Enfermedad a partir del 15 de junio de 2026 , bajo ciertas condiciones. Estos tratamientos inyectables, inicialmente desarrollados contra la diabetes, son análogos del GLP-1, una familia de medicamentos que permiten ralentizar la digestión y aumentar la sensación de saciedad.

Estos medicamentos están disponibles en Francia desde 2024 y se dispensan con receta médica a un precio fijado por el laboratorio, sin posibilidad de reembolso por parte del Seguro Enfermedad.

¿Qué pacientes son elegibles para la cobertura? Los pacientes que pueden beneficiarse del reembolso de estos tratamientos son aquellos elegibles para cirugía bariátrica (cirugía destinada a lograr una importante pérdida de peso mediante modificaciones del tracto digestivo). Están afectados:

  • las personas con un índice de masa corporal (IMC) igual o superior a 40 (obesidad mórbida) sin comorbilidad: titleContent ;

  • las personas con un IMC igual o superior a 35 (obesidad grave) con comorbilidad.

Este tipo de tratamiento solo puede prescribirse como segunda opción, en caso de fracaso de una gestión nutricional (es decir, una pérdida de peso del 5 % del peso total después de 6 meses). Debe complementar una dieta hipocalórica y un aumento de la actividad física .

¿Quién debe prescribir este tipo de medicamento para que sea reembolsable? La prescripción inicial del medicamento está reservada a los profesionales y estructuras implicadas en la gestión de la obesidad de niveles de derivación 2 y 3: médicos que ejercen en centros especializados en obesidad (CSO); en hospitales universitarios (CHU); en establecimientos de cuidados médicos y rehabilitación (SMR) de gastroenterología, endocrinología, diabeteología, nutrición; endocrinólogos vinculados a un CSO.

¿Qué cobertura financiera?

La tasa de participación del asegurado se fija en el 35 %, es decir, una cobertura del 65 % por parte del Seguro Enfermedad . La posibilidad de cobertura integral deberá verificarse caso por caso, según el estatus del asegurado, una posible enfermedad de larga duración (ALD), las exenciones aplicables y la posesión de un seguro complementario.

Los 2 medicamentos siguen pudiendo ser prescritos por un médico de cabecera o un especialista sin cobertura por parte del Seguro Enfermedad. La prescripción debe respetar el marco de pacientes elegibles definido por la Autoridad Nacional de Seguridad del Medicamento (ANSM): IMC superior o igual a 27 asociado a una comorbilidad relacionada con el peso; o IMC superior o igual a 30, como complemento de modificaciones terapéuticas del estilo de vida.

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