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Derechos reforzados para los padres de hijos con enfermedades graves
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Derechos reforzados para los padres de hijos con enfermedades graves

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Fecha de la fuente: 2026-06-16

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Derechos reforzados para los padres de hijos con enfermedades graves Publicado el 17 de junio de 2026 - Service Public / Dirección de Información Legal y Administrativa (Primer Ministro)

Una ley, fechada el 12 de junio de 2026, amplía la protección y los derechos de los padres de hijos afectados por cáncer, una enfermedad grave o discapacidad. Por ejemplo, este texto duplica el número de días de permiso concedidos a los padres que se enfrentan al diagnóstico de discapacidad o cáncer en un hijo.

Ilustración

En el preámbulo de la propuesta de ley destinada a mejorar la protección y el acompañamiento de los padres de hijos afectados por cáncer, una enfermedad grave o discapacidad, se recuerda que «la detección de una enfermedad grave o discapacidad en un niño provoca importantes trastornos en la vida familiar. A la preocupación y al protocolo de tratamiento se suma una reorganización completa de la vida cotidiana y numerosas cargas materiales, a menudo origen de dificultades financieras y administrativas».

Así pues, se producen numerosas evoluciones para acompañar a los padres de hijos gravemente enfermos, tras la promulgación de esta ley fechada el 12 de junio de 2026.

Evolución de la asignación diaria de presencia parental

La asignación diaria de presencia parental (AJPP) es una ayuda financiera que puede abonársele si cuida de su hijo gravemente enfermo, accidentado o con discapacidad. Esta ayuda se concede bajo ciertas condiciones.

El médico del niño enfermo debe emitir un certificado que atestigüe la gravedad de la enfermedad y el carácter indispensable de la presencia sostenida de los padres junto a su hijo. Este certificado especifica la duración previsible del tratamiento administrado; y los padres del niño enfermo pueden beneficiarse de la AJPP durante un periodo igual a esta duración previsible del tratamiento.

La duración previsible del tratamiento puede ser objeto de una revisión en una fecha fijada por el médico. Esta revisión tiene lugar como mínimo 6 meses después del examen anterior realizado por el médico. El plazo máximo para realizar esta revisión ha sido modificado, por su parte, por la ley del 12 de junio de 2026. El objetivo, según el informe de la propuesta de ley, es «simplificar el recorrido de los padres en su trámite de renovación anual de la asignación diaria de presencia parental». Desde ahora, el examen del niño por parte del médico, para determinar una nueva duración previsible del tratamiento y, por tanto, el nuevo periodo de apertura del derecho a la AJPP, podrá realizarse más tarde que antes; el plazo máximo para esta revisión se fija ahora en 14 meses, frente al año anterior.

Se prevé explícitamente, en el código de consumo, que los padres beneficiarios de la asignación diaria de presencia parental pueden solicitar la suspensión judicial de una obligación de reembolso de crédito.

El plazo para informar a su empleador de que va a tomar un permiso de presencia parental

Puede tomar un permiso de presencia parental si tiene un hijo a cargo afectado por una enfermedad o discapacidad, o víctima de un accidente de particular gravedad, que requiera una presencia sostenida a su lado y cuidados restrictivos.

Desde ahora, debe informar a su empleador de su voluntad de beneficiarse de un permiso de presencia parental al menos 10 días antes del inicio del permiso, frente a los 15 días anteriores.

Despido y permiso de presencia parental

La ley del 12 de junio de 2026 alarga el periodo durante el cual un empleador no puede despedir a un trabajador que ha tomado un permiso de presencia parental. Hasta ahora, solo se preveía que un empleador no pudiera rescindir el contrato de trabajo de un trabajador durante el permiso de presencia parental (ni durante los periodos trabajados, cuando el permiso de presencia parental se fracciona o se toma a tiempo parcial). Desde ahora, además de estos periodos, el empleador tampoco puede despedir al trabajador durante las 10 semanas siguientes al final del permiso de presencia parental.

No obstante, el empleador puede rescindir el contrato de trabajo del trabajador en caso de falta grave, o en caso de imposibilidad de mantener dicho contrato por un motivo ajeno al estado de salud del hijo del trabajador, como ya estaba previsto anteriormente en el código laboral.

Posibilidad de horarios de trabajo adaptados

Se indica ahora en el código laboral que los padres o tutores legales de un niño cuyo estado de salud hace indispensable una presencia sostenida a su lado pueden beneficiarse de adaptaciones individualizadas del horario de trabajo. Esta medida se establece siguiendo el modelo de lo que ya estaba vigente para los cuidadores familiares y allegados de una persona con discapacidad, entre otros.

Ampliación de la duración del permiso de los padres en caso de anuncio de discapacidad o patología en su hijo

La duración del permiso que puede tomar cuando se enfrenta al anuncio de la aparición, en su hijo, de una discapacidad, una patología crónica que requiere aprendizaje terapéutico o un cáncer es ahora de 10 días laborables, frente a los 5 días laborables anteriores.

Posibilidad de desbloqueo anticipado del ahorro

Los padres que tienen un hijo con discapacidad, afectado por una dolencia grave, o víctima de un accidente de particular gravedad, pueden ahora desbloquear de forma anticipada su ahorro presente en:

  • un contrato de seguro de grupo (un contrato celebrado para un grupo de personas, por ejemplo, un contrato celebrado por un empleador en beneficio de sus empleados), cuyas prestaciones estén vinculadas al cese de la actividad profesional;

  • un plan de ahorro para la jubilación. El ahorro presente en un plan de ahorro para la jubilación individual, por ejemplo, está en principio bloqueado hasta la jubilación del titular de este producto de ahorro.

Derecho a la vivienda de los padres de hijos enfermos

El hecho de tener un hijo a cargo afectado por una enfermedad o discapacidad, o víctima de un accidente de particular gravedad, pasa a formar parte de los motivos que dan derecho a la ayuda pública de la colectividad para acceder a una vivienda digna e independiente, o para permanecer en una vivienda que cumpla estos criterios.

Mon soutien psy: supresión del límite de sesiones para niños con dolencias de larga duración

El dispositivo Mon soutien psy prevé la cobertura por parte del Seguro Enfermedad de un máximo de 12 sesiones con un psicólogo, por año natural.

Este límite ha sido suprimido para los menores afectados por una dolencia de larga duración, cuando estas sesiones con un psicólogo se inscriban en un protocolo de cuidados. Para estos niños, desde ahora, no hay límite establecido respecto al número de sesiones cubiertas por el Seguro Enfermedad en el marco de Mon soutien psy.

Textos legales y referencias

Véase también

Agenda

Ver todos los plazos

¿Alguna observación?

Fuente: Service-Public particulares

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Una ley, fechada el 12 de junio de 2026, amplía la protección y los derechos de los padres de hijos afectados por cáncer, una enfermedad grave o discapacidad. Por ejemplo, este texto duplica el número de días de permiso concedidos a los padres que se enfrentan al diagnóstico de discapacidad o cáncer en un hijo.

Ilustración

En el preámbulo de la propuesta de ley destinada a mejorar la protección y el acompañamiento de los padres de hijos afectados por cáncer, una enfermedad grave o discapacidad, se recuerda que «la detección de una enfermedad grave o discapacidad en un niño provoca importantes trastornos en la vida familiar. A la preocupación y al protocolo de tratamiento se suma una reorganización completa de la vida cotidiana y numerosas cargas materiales, a menudo origen de dificultades financieras y administrativas».

Así pues, se producen numerosas evoluciones para acompañar a los padres de hijos gravemente enfermos, tras la promulgación de esta ley fechada el 12 de junio de 2026.

Evolución de la asignación diaria de presencia parental

La asignación diaria de presencia parental (AJPP) es una ayuda financiera que puede abonársele si cuida de su hijo gravemente enfermo, accidentado o con discapacidad. Esta ayuda se concede bajo ciertas condiciones.

El médico del niño enfermo debe emitir un certificado que atestigüe la gravedad de la enfermedad y el carácter indispensable de la presencia sostenida de los padres junto a su hijo. Este certificado especifica la duración previsible del tratamiento administrado; y los padres del niño enfermo pueden beneficiarse de la AJPP durante un periodo igual a esta duración previsible del tratamiento.

La duración previsible del tratamiento puede ser objeto de una revisión en una fecha fijada por el médico. Esta revisión tiene lugar como mínimo 6 meses después del examen anterior realizado por el médico. El plazo máximo para realizar esta revisión ha sido modificado, por su parte, por la ley del 12 de junio de 2026. El objetivo, según el informe de la propuesta de ley, es «simplificar el recorrido de los padres en su trámite de renovación anual de la asignación diaria de presencia parental». Desde ahora, el examen del niño por parte del médico, para determinar una nueva duración previsible del tratamiento y, por tanto, el nuevo periodo de apertura del derecho a la AJPP, podrá realizarse más tarde que antes; el plazo máximo para esta revisión se fija ahora en 14 meses, frente al año anterior.

Se prevé explícitamente, en el código de consumo, que los padres beneficiarios de la asignación diaria de presencia parental pueden solicitar la suspensión judicial de una obligación de reembolso de crédito.

El plazo para informar a su empleador de que va a tomar un permiso de presencia parental

Puede tomar un permiso de presencia parental si tiene un hijo a cargo afectado por una enfermedad o discapacidad, o víctima de un accidente de particular gravedad, que requiera una presencia sostenida a su lado y cuidados restrictivos.

Desde ahora, debe informar a su empleador de su voluntad de beneficiarse de un permiso de presencia parental al menos 10 días antes del inicio del permiso, frente a los 15 días anteriores.

Despido y permiso de presencia parental

La ley del 12 de junio de 2026 alarga el periodo durante el cual un empleador no puede despedir a un trabajador que ha tomado un permiso de presencia parental. Hasta ahora, solo se preveía que un empleador no pudiera rescindir el contrato de trabajo de un trabajador durante el permiso de presencia parental (ni durante los periodos trabajados, cuando el permiso de presencia parental se fracciona o se toma a tiempo parcial). Desde ahora, además de estos periodos, el empleador tampoco puede despedir al trabajador durante las 10 semanas siguientes al final del permiso de presencia parental.

No obstante, el empleador puede rescindir el contrato de trabajo del trabajador en caso de falta grave, o en caso de imposibilidad de mantener dicho contrato por un motivo ajeno al estado de salud del hijo del trabajador, como ya estaba previsto anteriormente en el código laboral.

Posibilidad de horarios de trabajo adaptados

Se indica ahora en el código laboral que los padres o tutores legales de un niño cuyo estado de salud hace indispensable una presencia sostenida a su lado pueden beneficiarse de adaptaciones individualizadas del horario de trabajo. Esta medida se establece siguiendo el modelo de lo que ya estaba vigente para los cuidadores familiares y allegados de una persona con discapacidad, entre otros.

Ampliación de la duración del permiso de los padres en caso de anuncio de discapacidad o patología en su hijo

La duración del permiso que puede tomar cuando se enfrenta al anuncio de la aparición, en su hijo, de una discapacidad, una patología crónica que requiere aprendizaje terapéutico o un cáncer es ahora de 10 días laborables, frente a los 5 días laborables anteriores.

Posibilidad de desbloqueo anticipado del ahorro

Los padres que tienen un hijo con discapacidad, afectado por una dolencia grave, o víctima de un accidente de particular gravedad, pueden ahora desbloquear de forma anticipada su ahorro presente en:

  • un contrato de seguro de grupo (un contrato celebrado para un grupo de personas, por ejemplo, un contrato celebrado por un empleador en beneficio de sus empleados), cuyas prestaciones estén vinculadas al cese de la actividad profesional;

  • un plan de ahorro para la jubilación. El ahorro presente en un plan de ahorro para la jubilación individual, por ejemplo, está en principio bloqueado hasta la jubilación del titular de este producto de ahorro.

Derecho a la vivienda de los padres de hijos enfermos

El hecho de tener un hijo a cargo afectado por una enfermedad o discapacidad, o víctima de un accidente de particular gravedad, pasa a formar parte de los motivos que dan derecho a la ayuda pública de la colectividad para acceder a una vivienda digna e independiente, o para permanecer en una vivienda que cumpla estos criterios.

Mon soutien psy: supresión del límite de sesiones para niños con dolencias de larga duración

El dispositivo Mon soutien psy prevé la cobertura por parte del Seguro Enfermedad de un máximo de 12 sesiones con un psicólogo, por año natural.

Este límite ha sido suprimido para los menores afectados por una dolencia de larga duración, cuando estas sesiones con un psicólogo se inscriban en un protocolo de cuidados. Para estos niños, desde ahora, no hay límite establecido respecto al número de sesiones cubiertas por el Seguro Enfermedad en el marco de Mon soutien psy.

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