Fecha de origen: 2026-07-21
La tasa de IVA se reduce al 5,5 % para las bombas de calor aire/aire Publicado el 22 de julio de 2026 - Servicio Público Empresas / Dirección de Información Legal y Administrativa (Primera Ministra)
Las bombas de calor pueden calentar o enfriar su vivienda. Un decreto que especifica las condiciones de elegibilidad de las bombas de calor aire/aire ha sido publicado. Permite obtener una tasa de IVA reducida. Esta disposición tiene como objetivo responder a los desafíos ambientales y de desarrollo sostenible.

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El principio de una bomba de calor aire/aire es extraer energía del aire exterior para calentar o enfriar el aire en el interior de una vivienda.
Las bombas de calor (BDC) que se benefician de esta reducción de IVA son las bombas de calor aire/aire reversibles fijas, destinadas a ser instaladas de manera permanente en edificios.
Sin embargo, deben cumplir varias condiciones.
Las bombas de calor aire/aire de una potencia térmica nominal inferior o igual a 12 kW deben tener una clase energética:
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superior o igual a A++ en el caso de un sistema mono-split, es decir, que la BDC está compuesta por una unidad exterior y una unidad interior.
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superior o igual a A+ en el caso de un sistema multi-split, es decir, que la BDC está compuesta por una unidad exterior y varias unidades en el interior.
Las bombas de calor aire/aire de una potencia superior a 12 kW deben tener una eficiencia energética estacional superior o igual a:
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145 % para el calentamiento y 250 % para el enfriamiento en el caso de una bomba de calor aire/aire en la cubierta;
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130 % en calentamiento y 150 % en enfriamiento en el caso de una bomba de calor aire/aire en la cubierta que integra el calentamiento, el enfriamiento, la ventilación, el enfriamiento nocturno por sobreventilación y la filtración.
El decreto también establece criterios ambientales y de conectividad aplicables a todos los modelos. El fluido frigorífico utilizado por la bomba de calor debe respetar los umbrales de potencial de calentamiento planetario y un calendario de prohibición de comercialización a la fecha de la firma del presupuesto conforme al reglamento F-Gas de 2024. Además, también debe estar conectada a una red digital que permita gestionar su control a distancia.
El mediador nacional de la energía publicó en junio de 2026 recomendaciones relativas al despliegue de bombas de calor en el hábitat individual privado.
Esta autoridad pública independiente tiene entre otras misiones informar a los consumidores de energía sobre sus derechos. Puede ponerse en contacto con los servicios del mediador nacional de la energía, entre otros, a través del número verde 0 800 112 212 (llamada gratuita), para obtener información sobre sus derechos o en caso de disputa con su proveedor de energía o su gestor de red.
Textos legales y referencias
IVA:
Impuesto sobre el valor añadido
Fuente: Servicio Público Empresas
