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Los organismos de formación están sujetos a nuevas obligaciones
🇫🇷Francia·01 jul·3 min de lectura

Los organismos de formación están sujetos a nuevas obligaciones

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Pionra
@system · 521 vistas

Fecha de origen: 2026-06-28

Lucha contra las fraudes sociales y fiscales

Los organismos de formación están sujetos a nuevas obligaciones Publicado el 29 de junio de 2026 - Emprender Servicio Público / Dirección de información legal y administrativa (Primer Ministro)

La ley relativa a la lucha contra los fraudes sociales y fiscales del 25 de junio de 2026 introduce diversas medidas que afectan a los organismos de formación. Estas medidas se centran en particular en la lucha contra el fraude al CPF: titleContent .

Ilustración

Imagen 1 Créditos: ASDF - stock.adobe.com

La ley que combate los fraudes sociales y fiscales refuerza el marco del CPF. El objetivo es prevenir y anticipar situaciones de abuso y fraude.

Nuevas disposiciones establecen obligaciones más estrictas para los organismos de formación y los prestadores. También refuerza la responsabilidad de los empleadores y de las personas que reciben formación.

Una de las evoluciones de la ley contra el fraude se refiere a la presencia del titular del CPF en las pruebas de certificación de la formación. En caso de ausencia no justificada, se pedirá al empleado titular de la formación un reembolso individual. Esto significa que a partir de ahora, un empleado que activa su CPF mediante la contribución del empleador, asume su derecho y la contribución de la empresa. Como empleador, es necesario asegurarse de que los empleados asistan a los exámenes.

El otro cambio es la publicación obligatoria de los porcentajes de éxito por organismo. Así, los organismos de formación estarán obligados a respetar esta obligación de transparencia.

Además, la ley contra el fraude obliga a los organismos de formación y a los ministerios a transmitir a la Caja de Depósitos y Consignaciones cierta información. Esta información permite verificar si un titular no ha obtenido ya la certificación y si ha asistido a las pruebas.

La ley también establece una multa en caso de retraso en el reembolso (debido a incumplimientos o errores) que asciende al 10 %. Esta multa se eleva al 50 % si el retraso es debido a una maniobra fraudulenta.

Además, completa el artículo 3 de la ley del 19 de diciembre de 2022 que lucha contra el fraude al CPF. Esta ley confiere a la Caja de Depósitos y Consignaciones la facultad de obtener el reembolso mediante retención de una suma pagada por error. La ley contra el fraude amplifica esta facultad, haciéndola inmediatamente ejecutable en caso de maniobra fraudulenta.

Esta facultad de retención también se aplica al titular de una cuenta CPF que utiliza el dinero recibido para una formación de manera fraudulenta.

Textos legales y referencias

Tiene una observación?

CPF:

Cuenta personal de formación

Fuente: Service-Public profesionales

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Source officielle : service-public-professionnels

Fecha de origen: 2026-06-28

Lucha contra las fraudes sociales y fiscales

Los organismos de formación están sujetos a nuevas obligaciones Publicado el 29 de junio de 2026 - Emprender Servicio Público / Dirección de información legal y administrativa (Primer Ministro)

La ley relativa a la lucha contra los fraudes sociales y fiscales del 25 de junio de 2026 introduce diversas medidas que afectan a los organismos de formación. Estas medidas se centran en particular en la lucha contra el fraude al CPF: titleContent .

Ilustración

Imagen 1 Créditos: ASDF - stock.adobe.com

La ley que combate los fraudes sociales y fiscales refuerza el marco del CPF. El objetivo es prevenir y anticipar situaciones de abuso y fraude.

Nuevas disposiciones establecen obligaciones más estrictas para los organismos de formación y los prestadores. También refuerza la responsabilidad de los empleadores y de las personas que reciben formación.

Una de las evoluciones de la ley contra el fraude se refiere a la presencia del titular del CPF en las pruebas de certificación de la formación. En caso de ausencia no justificada, se pedirá al empleado titular de la formación un reembolso individual. Esto significa que a partir de ahora, un empleado que activa su CPF mediante la contribución del empleador, asume su derecho y la contribución de la empresa. Como empleador, es necesario asegurarse de que los empleados asistan a los exámenes.

El otro cambio es la publicación obligatoria de los porcentajes de éxito por organismo. Así, los organismos de formación estarán obligados a respetar esta obligación de transparencia.

Además, la ley contra el fraude obliga a los organismos de formación y a los ministerios a transmitir a la Caja de Depósitos y Consignaciones cierta información. Esta información permite verificar si un titular no ha obtenido ya la certificación y si ha asistido a las pruebas.

La ley también establece una multa en caso de retraso en el reembolso (debido a incumplimientos o errores) que asciende al 10 %. Esta multa se eleva al 50 % si el retraso es debido a una maniobra fraudulenta.

Además, completa el artículo 3 de la ley del 19 de diciembre de 2022 que lucha contra el fraude al CPF. Esta ley confiere a la Caja de Depósitos y Consignaciones la facultad de obtener el reembolso mediante retención de una suma pagada por error. La ley contra el fraude amplifica esta facultad, haciéndola inmediatamente ejecutable en caso de maniobra fraudulenta.

Esta facultad de retención también se aplica al titular de una cuenta CPF que utiliza el dinero recibido para una formación de manera fraudulenta.

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Fuente: Service-Public profesionales

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